Dentro del agitado ritmo de profundas transformaciones que se encuentra experimentando el derecho internacional, el soft law emerge como una alternativa al más tradicional hard law. Poco a poco el soft law ha ido adquiriendo un mayor protagonismo en el escenario jurídico internacional, posicionándose como una herramienta de la que gozan las partes para conciliar acuerdos revestidos de voluntariedad pero no de vinculatoriedad. De este modo, el soft law se compone de un amplio espectro de instrumentos, los que encuentran aceptación en los diferentes sistemas jurídicos, en variadas áreas del derecho y dan respuesta transversalmente a las necesidades de los diferentes interesados. Por lo anterior, resulta relevante analizar esta nueva corriente a nivel internacional y su incorporación dinámica en instrumentos jurídicos.
Cortés Cabrera, B. A. (2014). El soft law y su aplicación en el derecho comercial internacional. Revista Tribuna Internacional, 3(6), pp. 55–69. https://doi.org/10.5354/rti.v3i6.35510